La Ley 14/2011. De 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (artículo 35) asigna a la universidad los derechos de explotación de los resultados de investigación sujetos a propiedad intelectual, si bien, por la normativa de la UPV de Protección y Transferencia de Derechos de Propiedad Industrial e Intelectual, en su artículo 32, atribuye los derechos de explotación de las publicaciones científicas, literarias y las obras artísticas a sus autores, quienes tienen la obligación de registrarlas en los sistemas de información que la UPV establezca para ello.
En atención a la normativa interna de nuestra universidad, corresponde al i2T la gestión de los programas de ordenador y bases de datos que se desarrollen por lo investigadores de la UPV en el ejercicio de sus funciones investigadoras y que tengan potencial de explotación comercial.