Contrato de trabajo en prácticas
- El contrato de trabajo en prácticas se rige por el artículo 11.1 del Estatuto de los Trabajadores.
- Este contrato puede concertarse con quienes estén en posesión de un título universitario o de formación profesional de grado medio o superior.
- Solo pueden optar a él personas con los estudios acabados y las tasas del título pagadas.
- Al ser un contrato laboral tiene todos los derechos y obligaciones de un trabajador (cotización en la Seguridad Social para jubilación, prestaciones de desempleo, bajas, vacaciones....)